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A partir de 1 de enero de 2007, la Sociedad ha pasado a utilizar el criterio de ejecución para el reconocimiento de ingresos. hasta ese momento, el criterio utilizado para dicho reconocimiento de ingresos era la menor cifra entre la ejecución y la producción de cada proyecto (entendiendo como producción la facturación efectuada). Para calcular el grado de ejecución de cada proyecto se toman en cuenta los costes totales incurridos en cada proyecto y se aplica el margen previsto del mismo, y siempre teniendo como lÃmite máximo para la ejecución el importe total contratado con el cliente.